La nueva normativa de Derechos de Autor, que fue aprobada el pasado 12 de septiembre por el Parlamento Europeo, reformará el mercado único digital.

La Directiva sobre Derechos de Autor en el Mercado Único Digital adapta la anterior normativa sobre los derechos de autor al mercado digital. Aunque la Comisión Europea aprobó la propuesta de reforma, todavía queda el proceso de negociación entre el gobierno europeo y todos los países, lo que marcará el texto definitivo. La votación, que ratificará dicho texto, se celebrará en enero de 2019, pero todo señala a que será aprobada. A partir de ese momento, cada país de los 28 de la Unión Europea deberá hacer las modificaciones pertinentes e incorporarla a su legislación. Por tanto, debemos saber que se ha aprobado el primer borrador, pero aún queda un largo proceso hasta la aprobación definitiva y la adaptación de dicha normativa a la legislación de cada país.

Claves de la Nueva normativa de Derechos de Autor

Esta nueva normativa ha generado una gran polémica por los supuestos recortes a las libertades de los usuarios de Internet. La idea es proteger a los creadores de contenidos, pero ha habido 2 artículos especialmente conflictivos, el 13 y el 11.

Entre otras, la nueva normativa plantea que los medios creadores de noticias puedan cobrar a los agregadores de noticias por reproducir sus contenidos y obliga a las plataformas como Google, Facebook y YouTube a filtrar el contenido que suben los usuarios.

Esta segunda pauta se basa en conseguir un sistema automatizado, un algoritmo que de manera autónoma decidirá si los contenidos que subimos en Internet están infringiendo los derechos de autor o no. Hablamos de una máquina configurada para tal fin pero sin ninguna persona detrás. Y esto último es lo que ha creado la polémica entre los que defienden la libertad de expresión y la no censura y los que piden medidas para controlar que no se atente contra los derechos de autor.

Artículo 13 de la normativa, tecnología que detecte si el contenido está infringiendo el copyright

Hasta la fecha las plataformas para subir y compartir contenido en Internet, como las redes sociales, te permiten subir cualquier tipo de contenido y después sus equipos comprueban si cumplen o no sus políticas internas y ya toman medidas. Con la aplicación de este artículo, las empresas deberán crear algoritmos automatizados que sean capaces de comprobar si el contenido subido por los usuarios contiene material que vulnere los derechos de autor. De esta forma, por medio de reconocimiento automático de las imágenes, los vídeos, los textos o los enlaces, las plataformas digitales deberán detectar si se están usando obras protegidas.

Este artículo obliga a plataformas como Facebook o Google a supervisar y controlar los contenidos subidos por sus usuarios y ratificar que estos contenidos no infringen los derechos de autor. La propuesta responsabiliza a las plataformas a la hora de evitar las infracciones, pero no les marca como deben hacerlo, eso ya depende de cada una.

Hablamos de un sistema muy parecido al que ya usa YouTube desde hace años para identificar vídeos o música con derechos en los contenidos que suben los usuarios. En el caso de Youtube, si observa cualquier indicio, primero te bloquea el contenido y luego lo revisa. Ya identifica si los contenidos tienen derechos de autor y si la persona que ha subido el contenido no puede demostrar que está autorizado no permite publicarlo.

El artículo 13 especifica que solo las plataformas con «grandes cantidades de obras» tendrán que implantar estas medidas.

Artículo 11 de la normativa, los editores podrán reclamar una compensación por enlazar su contenido

Este es otro de los puntos de discordia de la nueva normativa. Se asimila al canon AEDE que se aprobó en España, pero ahora lo extiende a toda la Unión Europea. Lo que pretende es remunerar a los editores de contenido por usar sus artículos y su contenido en las plataformas como Facebook o Google. Podrán pedir una compensación económica por usar y enlazar su contenido en las plataformas digitales.

Una medida que ya tenía Alemania, que se incluyó en España con mucha polémica y que ahora se pretende extender al resto de la Unión Europea.

De lo que habla este artículo es de que las plataformas (y no lo usuarios) deberían pagar un canon a los autores y medios de comunicación por enlazar y reproducir su contenido. Se propone con el fin de que estas plataformas lleguen a acuerdos con los titulares de los contenidos para cubrir lo que pueda subir el usuario. La directiva pretende que esta responsabilidad sea de la plataforma y no del usuario.

Iniciativa en contra de la nueva normativa

Como siempre, hay opiniones para todos los gustos y muchas voces que se han alzado en contra de estas medidas. Argumentan que atentan gravemente contra la libertad de expresión y la creatividad, que provocarán que Internet pase de ser un lugar abierto a la libre expresión a un sitio con extremo control y censura desmedida. Los algorítmos automáticos y la legislación no  distinguen entre las personas que pretenden lucrarse usando contenidos de otros y aquellas que solo buscan el entretenimiento y compartir contenidos de interés (por ejemplo con la creación de memes, gifs y parodias sacadas de contenidos originales de terceros).

Por otro lado están los que defienden los derechos de los creadores de contenido y los autores originales y creen que todo esto debe tener mayor control en un espacio tan abierto y de fácil acceso como es Internet, ya que los autores merecen reconocimiento por el uso de su obra.

Organizaciones en contra del artículo 13 de la nueva normativa, han creado una web donde piden a los usuarios que se manifiesten en contra de ella. Además, en esta web explican la situación del proceso y las consecuencias que podría tener su aprobación definitiva (siempre según la opinión de los detractores). La web es saveyourinternet.eu.

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